martes, 7 de enero de 2014

Sobre el derecho a decidir


[Una vieja entrada publicada en el Nickjournal el 21 de octubre de 2007, rescatada del cajón para 2014]
 
A Gengis Kant

Hay cosas que suenan bien en política. El ‘derecho a decidir’ es una de ellas. Es un eufemismo, como todos sabemos, pero un eufemismo muy eficaz. Por comparación hablar crudamente de secesión resulta una torpeza imperdonable. Cuando el lehendakari Ibarretxe repite una y otra vez que los vascos (y las vascas) tienen el derecho a decidir su futuro sabe muy bien lo que hace, está utilizando una estrategia retóricamente muy efectiva: ¿acaso no tienen las personas derecho a decidir por sí mismas? Por lo pronto se ha amparado bajo la sombra de la libertad, lo que no es baladí, porque todos valoramos la libertad de elección y nos gusta poder tomar las decisiones que afectan a nuestra vida, incluso las triviales, en lugar de que otros elijan por nosotros. La idea de que sean otros los que decidan por nosotros nos parece opresiva, en el mejor de los casos una forma de paternalismo difícilmente tolerable por un adulto que aspira a dirigir su propia vida. De entrada ya coloca a quien deniega la libertad de elección en una posición incómoda, pero no es todo. Pues no se presenta como una aspiración más o menos discutible, sino como un derecho. Y si es un derecho no es cosa negociable, de más o de menos, y coloca a los demás bajo la obligación de respetarlo, o de no interferir con su ejercicio. De ahí la presunción de que quien no reconoce, o impide, ese derecho a decidir comete una flagrante injusticia.

Y aún hay más. El derecho a decidir del que hablamos sólo puede ejercerse de forma colectiva y evoca con ello el principio democrático. Pues sea cual sea la formulación que demos a dicho principio, su núcleo es que la titularidad última del poder corresponde al conjunto de los ciudadanos considerado como cuerpo político, por lo que tienen el derecho a decidir sobre los aspectos fundamentales del orden político, bien directamente o por medio de representantes elegidos por ellos. Por eso los portavoces nacionalistas presentan el derecho a decidir como una exigencia democrática elemental, algo tan obvio que no vale la pena discutir. Y otros muchos, que no se consideran nacionalistas, parecen bien dispuestos a aceptar que el derecho a decidir presenta credenciales democráticas impecables, de modo que sobre quien se opone al ejercicio de tal derecho recae la sospecha de que lo hace por razones dudosamente democráticas. No es de extrañar que, una vez puesto sobre la mesa, el derecho a decidir resulte una formidable baza en el juego político, cuya eficacia retórica no habría que minusvalorar. Es pura dinamita como argumento: o se nos concede el derecho a decidir o aquí no hay una verdadera democracia. Así de simple y contundente.

Y de engañoso, como tantas cosas simples y contundentes. La verosimilitud del argumento comienza a cuartearse apenas nos preguntamos quién es el sujeto de ese derecho. Porque no se reclama para el conjunto de los ciudadanos, sino para una parte de ellos, un subconjunto territorialmente localizado. Aquí se abre una seria divergencia entre los defensores nacionalistas del derecho a decidir y los no nacionalistas. Los nacionalistas creen que el mundo se divide en naciones, realmente ven las líneas de puntos en el paisaje social, y adscriben a esas naciones la autodeterminación como un derecho inalienable. Las complejidades de lo real no les arredran, creen fervientemente en la existencia de un pueblo distinto y consideran que ese pueblo es el demos titular de la soberanía, perdón, del derecho a decidir. En realidad, para ellos el derecho a decidir se refiere a un ámbito de decisión ya predeterminado, la nación, y su admisión es ya un éxito nada trivial: el reconocimiento de que existe una nación soberana, la suya, nítidamente diferenciada del Estado. Quienes defienden el derecho por razones no nacionalistas, por “pura lógica democrática” dicen a veces, lo tienen más complicado. En ausencia de la fe nacionalista en un pueblo diferente (del resto de los ciudadanos del Estado), no parece tan claro cómo determinar a quiénes corresponde ejercer ese derecho y a quiénes no. Podemos cortar por lo sano y conceder que cualquier colectivo de ciudadanos podría exigirlo. Si un orden democrático se asienta sobre el consentimiento libre de los ciudadanos, entonces cualquier grupo de ciudadanos podría reivindicar el derecho a ser consultado al respecto y retirar su consentimiento, sin necesidad de suscribir la parafernalia nacionalista. Pero cabe sospechar que este radicalismo democrático sería una continua fuente de inestabilidad y haría poco menos que imposible el normal funcionamiento de las instituciones democráticas bajo la permanente amenaza de fragmentación. El derecho a decidir se traduciría en el poder de veto de ciertas minorías frente a las decisiones de la mayoría, dado que mayorías y minorías cambian según se modifique el marco territorial.

Cuando se habla de democracia conviene no olvidar que hay diversos tipos y que la nuestra es una democracia constitucional, como es norma en la Unión Europea o Norteamérica. Y que en tal régimen político los ciudadanos no tienen derecho a decidir sobre cualquier cosa, en cualquier momento o por cualquier mayoría. Precisamente, las cuestiones fundamentales del orden constitucional se sustraen al juego de las mayorías, al debate político ordinario y a la lucha partidista. Recogidas en la Constitución, los principios y normas fundamentales del orden político suelen estar protegidos por procedimientos de reforma costosos, que exigen mayorías supercualificadas. El derecho a decidir no es sencillamente ilimitado, sino que está sometido a la ley y, sobre todo, a la Constitución como ley fundamental.

Nada de esto impresiona mucho a los defensores del derecho a decidir, quienes replican que una Constitución verdaderamente democrática no puede ser un obstáculo para el ejercicio del derecho democrático a decidir. Es el mismo argumento cargado con material altamente explosivo: si la Constitución no permite el derecho a decidir, entonces no es democrática. Lo que sucede es que este planteamiento ignora el sentido mismo de una democracia constitucional, lo que no es de extrañar viendo quienes son los que proclaman el derecho a decidir. Porque el ‘espíritu’ de una Constitución, al que Gengis Kant hacía mención el otro día en esta casa, está en fijar límites al poder, a cualquier poder, incluso al que ejercen los ciudadanos en tanto que cuerpo político unos sobre otros, con objeto de asegurar las condiciones para una vida social en libertad. De esa forma, por ejemplo, los derechos y libertades fundamentales, así como la igualdad entre los ciudadanos, deben quedar protegidos frente a las decisiones de la mayoría, por amplia que ésta sea. Aunque suene paradójico, debemos restringir nuestras elecciones para garantizar nuestra libertad.

También para esto tienen respuesta los defensores del derecho a decidir, quienes nos aseguran que el derecho a decidir deberá ejercerse con escrupuloso respeto por los derechos y libertades de los ciudadanos, por supuesto. Sólo que no me convence la respuesta. De forma blanda e indolora, el derecho a decidir en realidad representa un asunto muy serio en una sociedad democrática, pues se invoca para cambiar el marco político y alterar la composición del demos. Nadie lo ha dicho mejor que Stéphane Dion, el promotor de la política de la claridad y actual líder de la oposición liberal en Canadá, cuando señaló que no hay cuestión más grave que la decisión de convertir a nuestros conciudadanos en extranjeros. Para que pasen a ser como alemanes en Mallorca, digamos. Por tanto, afecta dramáticamente a los fundamentos mismos de la relación entre ciudadanos, puesto que algunos, pongamos una mayoría local, se arrogan el derecho a alterar la condición de ciudadanos de los otros, decidiendo sobre sus derechos y libertades y cambiando su situación ante las instituciones políticas. Y esto son palabras mayores, que atañen a los fundamentos del orden constitucional y a la condición misma de ciudadano.
Hay otras cosas que decir sobre el supuesto derecho a decidir, pero hay una que no se me puede olvidar. Cuando el Parlamento de Vitoria discutió por primera vez el derecho de autodeterminación el 15 de febrero de 1990, el portavoz socialista que argumentó en contra de la moción fue Fernando Buesa. Y Buesa fue asesinado años después por Eta. No podemos olvidar que en la España democrática hay pistoleros que matan en nombre del derecho a decidir del pueblo vasco y personas que han sido asesinadas por sostener la opinión contraria. ¿Derecho a decidir con pistolas de por medio? No estamos en Canadá.


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